Congreso le devolvió a OEFA las facultades de sanción que había perdido con Ley 30230

Categoría: Normatividad

Red Muqui Noticias

El Congreso de la República aprobó, por mayoría, la derogación del artículo 19 de la Ley N°30230 que limitaba la labor sancionadora del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) desde el año 2014.

Durante su intervención, el congresista y autor del proyecto, Oracio Pacori reiteró que lo que se busca es fortalecer la institucionalidad ambiental que ha sido debilitada por dicha ley, promovida por el gobierno de Ollanta Humala.

“El artículo 19 de la Ley 30230 ha impedido al OEFA imponer sanciones a las empresas que afectan el medio ambiente e inclusive esta norma ha sido utilizada para que grandes empresas mineras, petroleras y pesqueras reduzcan las multas que les fueron impuestas. No podemos seguir con esta situación que únicamente beneficia a grandes actores privados”, recordó Pacori.

Asimismo, recordó que la Ley N° 30230 no ha cumplido con reactivar la economía al debilitar la fiscalización ambiental en los últimos 3 años.

“La prevención y corrección, a través de sanciones leves, no ha sido disuasivo; por el contrario, ha aumentado las infracciones. Es claro que el artículo 19 de esta norma no ha dado resultados para remediar y resolver la contaminación ambiental producto de las actividades extractivas”, aseveró Pacori.

Es así que el legislador refirió que, en el sector minero, las infracciones ambientales se han incrementado en un 62%; mientras que el sector de hidrocarburos, en un 14.8%.

Ante el pleno, el congresista de Puno remarcó que, para este proyecto, se ha contado con la opinión del Ministerio de Economía y del Ambiente. Desde ambos sectores se remitieron los resultados del enfoque "preventivo" de la Ley N°30230.

Parte de la sustentación ante el pleno, estuvo a cargo de la congresista María Elena Foronda, también presidenta de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos, Afroperuanos, Ambiente y Ecología, en donde la iniciativa se aprobó el 9 de diciembre del 2016.

“En este tiempo de vigencia del artículo 19 (2014-2017), el OEFA informó a la comisión que ha detectado infracciones ambientales, pero de nada ha servido porque no ha podido actuar. Los departamentos de Piura, Loreto, Cusco, Lima y Callao los más afectados por la cantidad de sanciones no impuestas, ni multas percibidas”, señaló.

Foronda resaltó que, en el texto sustitutorio del proyecto, se ha planteado que se deroguen o modifiquen todas aquellas normas que se oponen a esta ley. Es decir, cualquier norma que promueva debilitar las funciones de sanción del OEFA.

“Todos estamos viviendo los impactos de no prevenir, nadie en su sano juicio puede decir que toda esta crisis que estamos viviendo no se deba a ello. Si nosotros logramos la aprobación de esta ley lograremos instaurar las competencias de fiscalización ambiental, a tener una prevención sostenible y así evitar lo más de 200 conflictos socioambientales”, advirtió ante el pleno del Congreso.

Salvedad para MYPES

La semana pasada, la iniciativa de ley de Pacori (N° 269/2016-CR) fue respaldada por 99 votos a favor y uno solo en contra. No obstante, la mesa directiva decidió que sea sometida a segunda votación ante la existencia de otro proyecto de ley contrario.

El congresista y presidente de la Comisión de Producción y Microempresa, Mario Mantilla, objetó que derogar del todo el artículo 19, debido a que su iniciativa legislativa (1076/2016-CR) proponía el OEFA haga una excepción de las Micro y Pequeñas Empresas (MYPES).

“Si la autoridad ambiental detecta infracciones por parte de MYPES, solo aplicará medidas correctivas y suspenderá el proceso de sanción. Si las empresas cumplen con la medida correctiva impuesta por OEFA, el proceso pasará a ser concluido”, indicaba la propuesta de Ley de Mantilla.

Ante ello, el Congreso decidió tomar en cuenta esta excepción e incluirla como una disposición complementaria transitoria, la cual establece que el régimen del artículo 19 de la Ley N°30230 se mantendrá vigente por un periodo de 3 años para las MYPES, establecidas en el artículo 5 de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y Crecimiento Empresarial, y que no desarrollen actividades extractivas.

La ley aprobada por el Congreso de la República será remitida al Poder Ejecutivo, que tiene 30 días para observarla o proceder a su promulgación.

Fuente: Congreso

Foto: OEFA

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