OBSERVACIONES

AL INFORME FINAL DE LA EVALUACION AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES DE EXPLORACIÓN EN EL PROYECTO YANACOCHA ZONA SUR CUENCA DEL RIO PORCÓN - CERRO QUILISH

 

 

 

Cajamarca, 20 de Febrero de 2004

 

 

INTRODUCCIÓN:

 

El documento denominado “Informe Final de Evaluación Ambiental de las Actividades de Exploración en el Proyecto Yanacocha Zona Sur Cuenca del Río Porcón – Cerro Quilish”[1] data del mes de Diciembre del 2003. Sin embargo, instituciones centrales de Cajamarca (Gobierno Regional, Municipalidad Provincial) no tuvieron acceso a él sino recién la segunda semana de febrero, cuando un grupo de organizaciones no gubernamentales consiguieron una versión digital del mismo y procedieron a difundirlo entre las instituciones cajamarquinas.

 

El documento ha sido elaborado por la Empresa Klohn Crippen Consultores S.A.C. (KCC) quien fue contratada por Minera Yanacocha para la elaboración de la  Evaluación Ambiental Categoría C del Proyecto de Exploración Yanacocha Zona Sur. Como el documento mismo lo indica “Klohn Crippen Consultores es una empresa consultora inscrita en el Registro Administrativo de entidades autorizadas a realizar Estudios de Impacto Ambiental del Ministerio de Energía y Minas.” [2]

 

Se trata de un documento que consta de 92 páginas y siete anexos más los mapas correspondientes.

 

 

OBJETIVO Y METODOLOGÍA DEL DOCUMENTO DE OBSERVACIONES

 

Hacer una lectura crítica del documento a partir de un estudio comparativo con otras fuentes de información y de la propia consistencia técnica del estudio. La Auditoría Ambiental de INGETEC, así como diversos documentos de la propia empresa minera y los archivos de ECOVIDA y el Centro de Documentación de GRUFIDES, han servido de manera valiosa para el planteamiento de las observaciones. Igualmente, el documento fue sometido a un proceso de discusión y de debate con diversas instituciones y profesionales, tales como el Colegio de Ingenieros del Perú – Cajamarca, la Presidencia de la Mesa Provincial de Concertación, la Presidencia de la Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza. Por lo demás el documento ha sido sometido también a la consideración y respaldo de los regidores del Consejo Provincial de Cajamarca, el Frente Unico de Defensa de la Vida y Medio Ambiente de Cajamarca, la Red de Educadores en Derechos Humanos, la Red Juvenil por los Derechos Humanos de Cajamarca, la Red de Organizaciones de Comunidades Campesinas y Nativas del Perú (REOCAMPE) entre otras organizaciones de la Sociedad Civil de Cajamarca.

 

 

CONCLUSIONES DEL LEVANTAMIENTO DE OBSERVACIONES

 

  1. Las observaciones técnicas aquí contenidas buscan fundamentar una vez más, el por qué el Cerro Quilish no debe ser explorado ni mucho menos explotado. No menos importante es señalar los argumentos en los cuales se basa la negación de la licencia social para ese proyecto.

 

  1. El conjunto de observaciones hechas al Informe Final (IF) muestran las múltiples debilidades e inconsistencias del mismo, así como la manipulación deliberada de la información (por afirmación u omisión de información relevante), lo cual se ha hecho para poder justificar el inicio del programa de exploración y posterior explotación minera del Cerro Quilish, un área geográfica que no cuenta con la licencia social de la comunidad de Cajamarca.

 

  1. En opinión del equipo técnico profesional que ha elaborado El presente Documento de Observaciones, la no procedencia del proyecto minero Cerro Quilish, en última instancia, debiera encontrar su razón de ser en el denominado Principio de Precaución, contemplado en la Decisión 391 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena a la que se encuentra suscrito el Perú desde el año 1996 y que a la letra dice: “Los países miembros podrán adoptar medidas destinadas a impedir la erosión genética, la degradación del medio ambiente y de los recursos naturales. Cuando exista peligro de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces”.[3]

 

 

 

Cajamarca, 20 de febrero de 2004.

 


RESUMEN EJECUTIVO

 

El Denominado INFORME FINAL DE LA EVALUACION AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES DE EXPLORACIÓN EN EL PROYECTO YANACOCHA ZONA SUR CUENCA DEL RIO PORCÓN - CERRO QUILISH presentado recientemente por Minera Yanacocha a las autoridades del Ministerio de Energía y Minas para que se le proporcione la autorización correspondiente adolece de seria deficiencias técnicas y científicas, así como desconoce el tema central de contar con la licencia social correspondiente para este tipo de proyectos.

 

El presente documento plantea doce observaciones, todas ellas suficientemente fundadas como para concluir que el Informe Final (IF) no responde a las exigencias técnicas que debieran tener estos estudios y revela una vez más, la ausencia de responsabilidad ambiental y social de la Empresa Minera Yanacocha. La autoridad del Ministerio de Energía y Minas debiera tomar nota de todo esto y proceder a actuar conforme a ley para garantizar que el derecho a la salud y el bienestar de toda una población siga siendo puesta en peligro.

 

El resumen Ejecutivo  se ha estructurado en tres partes centrales:

 

 

I.                   AFIRMACION DE HECHOS OBJETIVOS:

 

  1. “A pesar de la organización y los esfuerzos de manejo ambiental de Minera Yanacocha SRL, las operaciones en Cajamarca, debido a su magnitud y a su ubicación en una zona de alta vulnerabilidad  por ser el nacimiento de varias corrientes de agua de importancia regional, han generado impactos negativos considerables en el medio ambiente físico, biótico y social.”[4]

 

  1. “Las actividades de la Minera Yanacocha tienen alta probabilidad de causar el deterioro en la calidad del agua, reflejado en la estructura de la comunidad de macroinvertebrados bénticos, en el río Azufre, la Quebrada Honda aguas abajo de la confluencia con la quebradas La Vizcacha y La Pacha, el río Tinte en la Hacienda El Porcón y el río Grande aguas abajo de la quebrada Queshua Corral.”[5]

 

  1. “Particularmente en el río Porcón aguas abajo de la quebrada Chilincaga, se reportaron bajos valores de abundancia algal, con solamente cuatro especies, debido al desprendimiento de rocas y aportes de sedimentos al curso de agua, procedentes de los movimientos de tierra realizados para la apertura de una nueva vía.”[6] Si el IF sostiene que el programa de exploración prevé construir 33,500 mts. de caminos de accesos por 10 m. de ancho, entonces no hay garantía de que no se producirán más daños al ecosistema de los ya producidos por la apertura de la anterior vía que sólo tuvo una extensión de 3434 m de longitud,[7] es decir diez veces menos que los caminos de accesos que se pretenden construir para continuar con las labores de exploración.

 

  1. El IF no menciona y, por tanto, no analiza los conflictos ya existentes por el acceso al recurso agua que está generando desde hace once años las ubicaciones de los proyectos mineros en la cabecera de cuencas (canal Túpac Amaru, Canal Coremayo, La Ramada)

 

  1. El IF no se pronuncia respecto al hecho que la cercanía de las minas, y más concretamente de la mina del Cerro Quilish, a la Planta de Tratamiento de agua potable de El Milagro, puede llegar a afectar la cantidad de aguas que abastece a la población de Cajamarca.

 

  1. 44.5 % del proyecto va a realizarse en terreno de propiedad de las comunidades. El IF señala que los taladros proyectados se sitúan “en terrenos de propiedad de los caseríos Chilipampa Baja, Chilipampa Alta, Quillish 38 y Cince Las Vizcachas”. Si se considera que el IF prevé que sólo 1538 has. de las 2772 del programa de exploraciones son parte de las propiedades superficiales de Minera Yanacocha.

 

  1. “La economía de las familias del área de influencia del proyecto corresponde a una economía de subsistencia, basada en las actividades agropecuarias, cuyos productos son destinados básicamente al autoconsumo de la familia productora. Aún se mantienen las tradiciones del trueque y la minga entre las familias productoras que permiten el intercambio de bienes y servicios entre familias. Los niveles de ingreso de la población de los caseríos dentro del área de influencia están en proporción al tamaño de la parcela que cultivan y al tamaño del hato de ganado que poseen. Sus ingresos provienen de la venta de animales y productos derivados como lana, leche y quesos, así como de actividades artesanales.”[8] 

 

  1. El IF admite que la calidad del aire es buena y que podrá verse afectada en la estación seca. Existen múltiples quejas de los campesinos de las comunidades aledañas a las operaciones mineras que refieren presencia de excesivo polvo sobre sus pastos lo que perjudica la cría de su ganado.

 

  1. “No se conocen las características ni espesores de la zona no saturada en los diferentes frentes de explotación. La hidrogeología regional no se ha estudiado. No se conocen los límites de los sistemas acuíferos, ni la geometría de los sistemas acuíferos, ni las constantes hidráulicas de los acuíferos, ni la recarga y descarga de los mismos.”[9] ¿Cómo así entonces que el IF final sostiene que Yanacocha tiene una red de puntos de monitoreo de calidad de agua y caudales, si ni siquiera “conocen las características ni espesores de la zona no saturada en los diferentes frentes de explotación”?

 

  1. “No se ha podido controlar el arrastre de sedimentos y altas turbiedades de los drenajes de la zona de minería, pese a la implementación de un sistema de Mejores Prácticas de Manejo por parte de la MYSRL. La magnitud de las operaciones, su ubicación hidrográfica y la vulnerabilidad del área de influencia requieren que, además de la aplicación de “Mejores Prácticas de Manejo” se asegure que no se disturben significativamente las calidades de agua de las corrientes que se originan en la zona minera”.[10] El IF no garantiza que el manejo que se haga de la remoción de suelos pueda no afectar a las poblaciones aledañas como asimismo las aguas del Río Porcón, y por tanto de la Planta de tratamiento de agua de El Milagro.

 

  1. “No existe un seguimiento adecuado de la calidad del agua, acorde con la variabilidad de los factores naturales y de las operaciones minera que se desarrollan en la cabecera de la cuenca. Tampoco está cuantificado el efecto de las operaciones mineras sobre la calidad del agua cruda de la planta El Milagro; de acuerdo con la naturaleza y magnitud de las operaciones, los principales aspectos por analizar son sedimentos, turbiedad, pH y concentración de metales”.[11]

 

  1. “Monitoreos puntuales y esporádicos de calidad del agua, como los contemplados en el acuerdo celebrado en marzo de 2003 entre SEDACAJ y MYSRL, o como los que sirven de base para el estudio contratado por la Mesa de Diálogo de la CAO con la firma norteamericana STRATUS, normalmente no son concluyentes: en efecto, el hecho de que este tipo de muestras puntuales y muy separadas en el tiempo no detecte afectaciones de la mina, no descarta la posibilidad de que hayan existido afectaciones durante momentos críticos eventualmente ocurridos en los periodos entre muestreos. La planta de El Milagro opera satisfactoriamente, en condiciones de aceptable calidad de agua cruda de los ríos Porcón y Grande. En la medida en que se presentan altos valores de turbiedad y sólidos suspendidos, bajo pH y altas concentraciones de Al, la planta presenta dificultades para una correcta operación... La planta de tratamiento de El Milagro no cuenta con facilidades de laboratorio ni procesos de suficiente capacidad, holgura y flexibilidad para manejar en forma confiable eventos de mala calidad del agua cruda de los ríos Porcón y Grande”.[12] Está claro que no existen las garantías y las condiciones necesarias para mitigar los impactos ambientales que tanto el programa de exploraciones como el de una eventual explotación minera en el Cerro Quilish provocará sobre la calidad de las aguas de consumo humano.

 

  1. “Para las 298 perforaciones, la demanda total de agua será de 29 800 m3. Esta demanda de agua para las perforaciones será abastecida de las fuentes de agua existentes y autorizadas en la zona de La Quinua”. [13]

 

 

 

II.                RELATIVIZACION DE LA VERDAD

 

1.      “Los impactos temporales sobre el uso de la tierra, fuera de la propiedad de MYSRL, ocasionarán indirectamente cierta molestia para los pobladores”.  La no definición de qué entiende el IF por “cierta molestia para los pobladores”  permite prever que habrá conflictos con las comunidades.

 

2.      El IF no presenta una cuantificación del uso de los suelos por categorías, lo que da origen a que se asigne mentalmente significaciones iguales cada uno de los tipos de suelos señalados: pastos naturales (PN), terrenos desnudos (TD), eriazos con vegetación (EV) y terrenos cultivados (TC). Esta es una omisión importante, puesto que apunta a fortalecer la estrategia de “invisibilización de los campesinos” y un desconocimiento de sus actividades de reproducción material, y por tanto de sus condiciones fundamentales de subsistencia.

 

3.      La afirmación que: “En el área de estudio no se encuentra ninguna unidad de conservación, según el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado”  el IF afirma una media verdad, pues si bien es cierto que el Cerro Quilish no está inscrita como unidad de conservación “el Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado”;  sin embargo, es un área que se halla protegida por la Ordenanza Municipal 012 y la Resolución del Gobierno Regional Nº 007-2003-GRCAJ-CR las cuales declaran su intangibilidad.

 

4.      El IF sólo parece expresar la actitud poco honesta de los estudios que realiza la empresa minera Yanacocha que con la finalidad de obtener los permisos correspondientes de la autoridad competente no duda en hacer eco del famoso aforismo: “el fin justifica los medios” (para obtener el oro: desaparecer o invisibilizar la población) Como ha sucedido antes cuando el Quilish fue escenario de los conflictos de 1994.

 

5.      Según datos oficiales del INEI del IX Censo de Población y IV de Vivienda de Centros Poblados Menores de 1993, sólo el Centro Poblado Menor (CPM) de Cince las Vizcachas poseía en ese año una población de 165 habitantes; Chilimpampa (Alta y Baja) poseía 558 habitantes. Es decir, sólo en tres de las cuatro comunidades que “forman parte del proyecto” existían (en 1993) más de 723 habitantes (4.3 más pobladores de los que consigna el IF). Si además, se tiene en cuenta que el mismo INEI estimaba que para la zona la tasa promedio de crecimiento poblacional anual es de 2.75; entonces el IF constituye, en este punto, una falta total a la verdad, que por su importancia pondría en tela de juicio la seriedad, rigurosidad y eticidad de todo el IF.

 

 

 

III.             DESCONOCIMIENTO OBJETIVO DE LA REALIDAD

 

 

1.      El IF busca tendenciosamente vincular dos proyectos mineros: Yanacocha Sur y Cerro Quilish, al juntar los dos proyectos en uno solo se trata de nublar el hecho que en realidad el proyecto está dirigido a realizar la mayor parte de los trabajos en el Cerro Quilish, proceso de explotación que carece de Licencia Social. La empresa minera ha optado por unir los dos proyectos para evitarse el agudo problema de la ausencia de licencia social.

 

2.      Considerar  tierras“sin uso forestal” al área de exploración es absolutamente inexacta. Es preciso considerar que en el año 1994 la Municipalidad Provincial de Cajamarca, la ONG EDAC y con apoyo técnico de ADEFOR realizaron precisamente labores de forestación en el lado sur oeste del Cerro Quilish y que actualmente dichos árboles han desarrollado una altura de aproximadamente 1.50 m.

 

3.      El compromiso al que alude el IF no representa ninguna garantía de la responsabilidad de Minera Yanacocha en casos de ocurrencias de derrames, pues la empresa minera al suscribir los contratos con sus contratistas les traslada la responsabilidad a ellos. Lo afirmado en el papel y lo hecho en la realidad, muestra la falta de coherencia de la política ambiental de la empresa minera y justifica la falta de credibilidad y temores de la población.

 

4.      El “esquema de consulta pública y negociación”  que ofrece implementar minera Yanacocha es bastante conocido: utilización de sus propios trabajadores y  exclusión de los ciudadanos que tengan una opinión crítica. Recientemente, Minera Yanacocha ha utilizado este “esquema” en la audiencia pública del EIA de ampliación de Carachugo, llenaron el local con sus trabajadores e impidieron la participación de ciudadanos críticos haciendo uso de la fuerza pública.

 

5.      Al respecto, también es conocida la estrategia de la empresa minera de realizar obras sociales con las comunidades a las que busca controlar socialmente. Los testimonios de personas a las que se les dice: “no muerdan la mano del que les da de comer”, son abundantes y constituyen pieza clave del condicionamiento al que la empresa minera somete a muchas autoridades locales.

 

6.      Cuando el IF había afirmado que existen 170 personas dentro del área del proyecto (Pág. iv) y en la página 10 afirma que se prevé dar trabajo a 90 personas del lugar, el IF final revela la manipulación intencionada de las cifras para justificar el proyecto y sobrestimar el impacto social del mismo. El falseamiento de la información demográfica ha sido intencional para convencer a la autoridad correspondiente de que ¡el proyecto proporcionaría trabajo a 52.9% de la población! Como hemos demostrado, la población del área del proyecto, ya en 1993, era superior a  700 personas, quiere decir que en el mejor de los casos el proyecto proporcionaría trabajo a sólo 12.5% de la población. Nuevamente el IF muestra su precariedad y su carácter más político que técnico. ¿Se justifica que el 100% de la población del área del proyecto sufra las eufemísticamente denominadas “ciertas molestias”  en obras que sólo beneficiarían con trabajo mal remunerado a un décimo de la población?

 

 

 

 

 


 


TABLA DE CONTENIDO

 

EN EL INFORME FINAL (IF) SE CONFUNDEN GEOGRÁFICAMENTE DOS PROYECTOS PARA SALTAR POR ALTO LA LICENCIA SOCIAL

 

 

10

 

ACERCA DE LOS RIESGOS PARA LA POBLACIÓN POR LA SOLA UBICACIÓN DEL PROYECTO MINERO EN ZONA DE NACIMIENTO DE LOS ACUÍFEROS QUE ABASTECEN DE AGUA A LA POBLACIÓN

 

 

12

 

FALTA DE INFORMACIÓN HIDROLÓGICA

 

14

 

SOBRE EL USO DE AGUA

 

16

 

EL 44.5 % DEL PROYECTO SE REALIZARÍA SOBRE TERRENOS QUE NO SON PROPIEDAD DE MINERA YANACOCHA EN PROPIEDADES DE COMUNIDADES DONDE EXISTEN CONFLICTOS

 

18

 

EN CUANTO AL CARÁCTER DEL ÁREA DEL PROYECTO

 

19

 

ACERCA DE LA POBLACIÓN EXISTENTE EN EL ÁREA DEL PROYECTO

 

22

 

ACERCA DE LA GENERACIÓN DE EMPLEO

 

24

 

SOBRE LA CALIDAD DEL AIRE

 

25

 

SOBRE LA CALIDAD DE AGUAS

 

26

 

SOBRE EVENTUALES DERRAMES DE SUSTANCIAS EN AREAS DE PERFORACIÓN

 

28

 

SOBRE EL EVITAMIENTO Y MANEJO DE CONFLICTOS

 

Anexo

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

 

1.      EN EL INFORME FINAL (IF) SE CONFUNDEN GEOGRÁFICAMENTE DOS PROYECTOS PARA SALTAR POR ALTO LA LICENCIA SOCIAL

 

El IF dice:

“Minera Yanacocha S.R.L. (MYSRL), Newmont Exploration Limited (NEL) y Newmont Peru Limited (NPL), continuando con su plan de exploraciones para el periodo desde el año 2004 hasta el 2007, tiene previsto el desarrollo del proyecto de exploración denominado Yanacoha Zona Sur - Cuenca del Río Porcón – Cerro Quilish, el cual comprende la perforación de 298 taladros”.[14]

 

Observaciones:

 

a)      El IF busca tendenciosamente vincular dos proyectos mineros: Yanacocha Sur y Cerro Quilish. Geográficamente, el primero se halla más al norte de la ciudad de Cajamarca, aproximadamente a 18  kms. de la ciudad de Cajamarca, mientras que el Quilish se halla a 14.5 kms. en línea recta de la ciudad de Cajamarca. El primero pertenece a la cuenca del Río Grande y el segundo a la cuenca del Río Porcón. El tema es importante porque el Río Quilish es el afluente principal del Río Porcón, el cual a su vez proporciona parte importante del agua que abastece la planta de tratamiento de agua El Milagro, fuente principal de abastecimiento de agua de la ciudad de Cajamarca (160,000 habitantes) y de por lo menos 5,000 campesinos de las comunidades de Porcón Bajo, Chaupimayo, Chaupiloma, Chilimpampa Alta, Chilimpampa Baja, Yun Yun Alto, Yun Yun Bajo, Chilincaga.

 

b)       El Estudio al juntar los dos proyectos en uno solo, muestra que, en realidad el proyecto está dirigido a realizar la mayor parte de los trabajos en el Cerro Quilish, tal como lo revela el IF cuando sostiene que: El cerro Quilish se ubica al centro del área de exploración, alcanzando su cima 3 878 msnm. La mayor parte del área del proyecto de exploración corresponde a las laderas del cerro Quilish y a las quebradas que drenan la zona, hallándose toda esta área por encima de los 3,400 msnm”. [15]

 

c)      El IF ignora que sobre el proyecto Quilish pesa la Ausencia de Licencia Social, expresada en documentos institucionales múltiples tales como:

·        La Ordenanza Municipal 012 de fecha 05 de Octubre del 2000 que declara el Cerro Quilish como “Zona Reservada Protegida Municipal Provincial y las microcuencas de los ríos Quilish, Porcón y Grande”;[16]

 

·        El Acuerdo Nº 6 de la Mesa de Diálogo de Cajamarca de fecha 16 de Noviembre del 2001  que declara “Las partes coinciden en el respeto, protección y garantía de los acuíferos y sus fuentes naturales, en su cantidad y calidad que abastecen y abastecerán a la población de Cajamarca. El aprovechamiento de estas áreas deberán respetar la legislación vigente”;[17]

 

 

·        El Pronunciamiento de las Autoridades, Organizaciones e Instituciones Públicas y Privadas de la Sociedad Civil de Cajamarca integrantes de la Mesa de Diálogo de Cajamarca, de fecha 15 de Junio del 2002, que fuera entregado por el Alcalde Provincial al Sr. Presidente de la República en su visita de esa fecha a Cajamarca que declara: “Pedimos a Ud. Sr. Presidente de la República, que al no haber hasta ahora la licencia legal definitiva y, que jamás habrá por parte del pueblo de Cajamarca, la licencia social para permitir la explotación del Cerro Quilish interceda Ud. para que se respete, sin restricción alguna, la Ordenanza Municipal Nº 012-2000-MPC que declara como Zona Reservada Protegida Municipal Provincial al Cerro Quilish y las Microcuencas de los ríos Quilish, Porcón y Grande, y en tal sentido pedimos se promulgue el D.S. que declare esta zona natural protegida”.[18]

 

·        El Acuerdo de Gobernabilidad y Descentralización Regional y Local de Cajamarca, suscrito en el 25 de Octubre del 2002 por los candidatos regionales, candidatos a alcaldía y el Grupo de Iniciativa Regional que en la parte de Compromisos, en su sección 3 sobre Sostenibilidad y Ordenamiento Territorial dice: “Implementar normas, proyectos y programas específicos para la protección de los acuíferos de importancia estratégica en la región, priorizando acciones inmediatas en los lugares con alto riesgo de contaminación minera y desequilibrio ambiental; como el cumplimiento de la Ordenanza Municipal Provincial referida a la intangibilidad del Cerro Quilish y otros”.[19]

 

·        La Resolución Regional Nº 007-2003-GRCAJ-CR del 01 de Abril del 2003 que declara: “Artículo Unico.- Declarar Zona Reservada y Protegida por el Gobierno Regional Cajamarca, al Cerro Quilish y las microcuencas de los Ríos Quilish, Porcón y Grande, estableciéndose a través de las instancias administrativas los mecanismos de coordinación con el Consejo Provincial de Cajamarca y la sociedad civil organizada”;[20]

 

d)      La vinculación de los dos proyectos mineros Yanacocha Sur y Quilish, busca diluir la existencia de una masiva oposición ciudadana a la explotación del Cerro Quilish. La empresa minera ha optado por unir los dos proyectos para evitarse el agudo problema de la ausencia de licencia social para la explotación del Cerro Quilish.[21]

 

 

 

 

2.      ACERCA DE LOS RIESGOS PARA LA POBLACIÓN POR LA SOLA UBICACIÓN DEL PROYECTO MINERO EN ZONA DE NACIMIENTO DE LOS ACUIFEROS QUE ABASTECEN DE AGUA A LA POBLACIÓN

 

El IF sostiene que:

A la zona del proyecto se accede por vía terrestre desde la ciudad de Cajamarca, mediante un recorrido de aproximadamente 30 km por la carretera que va hacia Bambamarca… Topográficamente, el área del proyecto se ubica en la divisoria continental de la cordillera de los Andes, a unos 25 km (10 km lineales) al norte de la ciudad de Cajamarca, entre los 3600 y 4000 msnm”. [22]

 

Observaciones:

a)      La ubicación de la zona de operaciones mineras, en la zona del nacimiento de los acuíferos que abastecen de agua a la ciudad de Cajamarca ha sido señalada por la Auditoría y Evaluaciones Ambientales de las Operaciones de Minera Yanacocha realizada por INGETEC S.A. como explicación de la generación del conjunto de impactos ambientales negativos que se han venido dando en Cajamarca: “A pesar de la organización y los esfuerzos de manejo ambiental de Minera Yanacocha SRL, las operaciones en Cajamarca, debido a su magnitud y a su ubicación en una zona de alta vulnerabilidad  por ser el nacimiento de varias corrientes de agua de importancia regional, han generado impactos negativos considerables en el medio ambiente físico, biótico y social”.[23]

 

b)       Además ha quedado demostrado por el Informe Final de la Auditoría “Evaluaciones Ambientales de las Operaciones de Minera Yanacocha” realizada por INGETEC S.A. realizado durante el año 2003 que: “Las actividades de la Minera Yanacocha tienen alta probabilidad de causar el deterioro en la calidad del agua, reflejado en la estructura de la comunidad de macroinvertebrados bénticos, en el río Azufre, la Quebrada Honda aguas abajo de la confluencia con la quebradas La Vizcacha y La Pacha, el río Tinte en la Hacienda El Porcón y el río Grande aguas abajo de la quebrada Queshua Corral”.[24]

 

c)       Igualmente, constituye una seria preocupación que el IF omita señalar que ya hay impactos negativos en la flora acuática del Río Porcón debido a la apertura de accesos que la empresa minera construyó para sus primeras labores de exploración (setiembre de 1997 a setiembre de 1999): “Particularmente en el río Porcón aguas abajo de la quebrada Chilincaga, se reportaron bajos valores de abundancia algal, con solamente cuatro especies, debido al desprendimiento de rocas y aportes de sedimentos al curso de agua, procedentes de los movimientos de tierra realizados para la apertura de una nueva vía”.[25] Si el IF sostiene que el programa de exploración prevé construir 33,500 mts. de caminos de accesos por 10 m. de ancho, entonces no hay garantía de que no se producirán más daños al ecosistema de los ya producidos por la apertura de la anterior vía que sólo tuvo una extensión de 3434 m de longitud[26]; es decir, diez veces menos que los caminos de accesos que se pretenden construir para continuar con las labores de exploración.

 

d)      El IF no se pronuncia respecto al hecho que la cercanía de las minas, y más concretamente de la mina del Cerro Quilish, a la Planta de Tratamiento de agua potable de El Milagro, puede llegar a afectar la cantidad de aguas que abastece a la población de Cajamarca. La Auditoría Ambiental de INGETEC S.A. señala al respecto lo siguiente: “No se tiene claridad sobre cuál puede ser la demanda actual de agua potable de la ciudad de Cajamarca. Sin embargo, se informó a la Auditoría que en los últimos años, con un suministro máximo de agua potable de cerca de 200 l/s, se ha registrado un racionamiento creciente de la demanda, mediante el corte sectorizado de la distribución de agua potable durante varias horas al día. Un estimativo del orden de magnitud de la demanda actual, basado en una población de 140 000 habitantes y una dotación per cápita, incluyendo pérdidas, de 150 l/habitante/día, daría un caudal medio de cerca de 250 l/s, es decir un 25% por encima de la capacidad de suministro del sistema de acueducto actual”. [27]

 

e)      El IF no menciona y, por tanto, no analiza los conflictos ya existentes por el acceso al recurso agua que está generando desde hace once años las ubicaciones de los proyectos mineros en la cabecera de cuencas (canal Túpac Amaru, Canal Coremayo, La Ramada). Sí se ha encontrado oro en el mismo lugar donde nacen las fuentes de agua de Cajamarca, alguien tendrá que ceder: la comunidad o la empresa minera, dado que la primera tiene el derecho a una vida sana, y la segunda a la actividad empresarial; un criterio razonable a adoptar sería el planteado por las dos instancias judiciales de Cajamarca en el juicio que entabló la empresa minera a la Municipalidad Provincial de Cajamarca: el bien privado no es ilimitado y debe ejercerse en concordia con el bien común, cuando el primero pone en riesgo el ejercicio del segundo habrá que optar por proteger este último.


 

3.      FALTA DE INFORMACIÓN HIDROLÓGICA:

El IF dice:

“La ladera norte del cerro Quilish es drenada por la quebrada Corral Blanco, que fluye hacia el noreste hasta unirse a la quebrada Callejón que discurre en dirección sur. Aguas abajo, el curso de agua es denominado quebrada o río Grande. La quebrada Vizcachayoc drena la ladera nordeste del cerro Quilish y se une al río Grande”.[28]

 

Observaciones:

a)      El Cerro Quilish se encuentra en la cabecera de dos microcuencas: Microcuenca Río Porcón y la Microcuenca del Río Grande. En el IF se menciona que las aguas de dicho cerro drenan hacia 04 quebradas: Quilish, Viscachayoc, Corral Blanco, y  Quillis.

 

b)      En la figura 2.5 del IF[29] se muestran 04 quebradas, sin embargo en el mapa se puede observar que los cursos de agua que nacen del área del cerro Quilish superan el número mencionado en el IF. Tampoco se menciona la existencia y los impactos que habrán sobre los manantiales de agua, incluidos los ocho manantiales que abastecen de agua potable a la comunidad de Tual (Según el INEI, 2001: 538 pobladores).

 

c)      En el IF se presentan sólo los datos de calidad de agua de la estación QQUI1, más no así de las 05 estaciones que se encuentran en el área de influencia del proyecto. Esta es una grave omisión que muestra una vez más las deficiencias del IF.

 

d)      De acuerdo al Plan General de Exploración (a la figura 3.1) es necesario mencionar y señalar los caudales así como la calidad de agua de todas las quebradas existentes afluentes de las quebradas mencionadas del Área del Proyecto, debido a la programación de taladros, ejemplo:

Q. Paccha, 5 afluentes en los cuales se existen los siguientes taladros programados Nº 91, 63, 75, 13, 136, 50, 10, 51, 12, pertenecientes a la Fase 1M

 

Así también el afluente de Q. Corral Blanco, pues la programación de los taladros Nº 116, 117, 28, 66, 2, 108, 107, 3 de la Fase I-E

 

Sin embargo, dichas Quebradas no son mencionadas en ninguna parte del Estudio pero si son visibles en dicho plan.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El IF muestra: Cuadro 2-2 Caudales Promedio en los Cursos de Agua[30]

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Observaciones:

 

a)      Ausencia de datos de la Quebrada Quillis, Paccha, etc. y de quebrada de régimen intermitentes presentes en dicha zona.

 

b)      El IF refiere que dichos caudales han sido estimados por S. Edwards (2000). No existe anexado dicho estudio, desconociéndose la metodología usada, los datos empleados, la estimación del error. Considerando que los datos asignados a caudales no son representativos.

 

c)       Nos preocupa que la información hidrometeorológica sea insuficiente, además ninguno de los anexos muestra descargas existentes, es decir aforos en dichos cursos, que permitan  verificar las estimaciones de caudal.

 

d)      Además la recopilación de la información de precipitaciones y climatología presentadas en el anexo II Datos de Línea Base: Anexo II - A1 Quinua (35 imágenes) y el Anexo II - A2 Precipitación Quilish histórica, es insuficiente para una estimación precisa de dichos caudales, ya que la primera presenta datos de precipitación mensual de dos años y medio ( 1999, 2000 y 2001) y la segunda tan solo del año 1997.


 

4.      SOBRE EL USO DE AGUA:

El IF dice:

Varios canales de agua de riego atraviesan el área del proyecto. Estos son los canales Quilish, Hermanos Cueva, Arcuyoc - El Potrero, Salvador de Coremayo y Azufre. El Cuadro 2-12 detalla las características de estos canales, mientras que la Figura 3-1 muestra el trazo de los canales con respecto al área del proyecto”.[31]

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Observaciones:

 

a)      El IF ignora la existencia del Canal “Quilish – Cince – Las Vizcachas – Tual”, que es reconocido mediante la Resolución Administrativa Nº 172 – 2002 –CTAR –CAJ /DRA-ATDRC. Canal que precisamente está siendo lugar de conflictos entre la comunidad y la empresa minera.

 

b)      El IF ignora el uso del agua para consumo humano de la Comunidad de Tual de acuerdo a la Resolución Administrativa Nº 172 – 2002 –CTAR –CAJ / DRA-ATDRC, de la Administración Técnica del Distrito de Riego 12 autoriza el uso de Manantiales “Quilish I”, “Quilish II”, “Quilish III”, “Quilish IV”,  “Quilish V”, “Quilish VI”, “ Las Perlitas I”, “Las Perlitas II”, en un caudal total de 1.61 Lt/seg con fines exclusivamente domésticos, en beneficio de 118 familias del CPM de Tual Pacopampa, para lo que precisamente la propia Minera Yanacocha, luego de dos años de conflictos con la comunidad procedió a mejorar el sistema de agua potable.

 

c)      El IF ignora la existencia de manantiales que tienen un uso agropecuario de los manantiales, tales como “La Cuevita”, “Cince I”,“Cince II” y “Cince III”, en un caudal total de 1.35 lt/seg con fines agropecuarios, en beneficio de 118 familias, del Centro Poblado Menor de Tual Pacopampa.

 

d)      No menos significativa es la omisión del IF de las tres caídas de agua del Río Quilish y que los campesinos conocen como “las cataratas del Quilish”, y que constituyen un importante potencial turístico de la zona, como puede apreciarse en las fotos .

 

e)      Asimismo no se menciona en el rubro del uso del agua el abastecimiento de agua potable a la población Cajamarquina ya que en el Cerro Quilish se encuentran diversos afluentes del Río Grande  y Porcón donde se encuentran las captaciones de agua de la Planta de Tratamiento de Agua Potable el Milagro que abastece aproximadamente al 75 % de ciudad de Cajamarca, y también el abastecimiento de agua de por lo menos 5,000 campesinos de las comunidades de Porcón Bajo, Chaupimayo, Chaupiloma, Chilimpampa Alta, Chilimpampa Baja, Yun Yun Alto, Yun Yun Bajo, Chilincaga.

 


 

5.      EL 44.5 % DEL PROYECTO SE REALIZARÍA SOBRE TERRENOS QUE NO SON PROPIEDAD DE MINERA YANACOCHA EN PROPIEDADES DE COMUNIDADES DONDE EXISTEN CONFLICTOS

El IF dice:

“La mayoría de los taladros proyectados se encuentran dentro de terrenos superficiales de propiedad de MYSRL, situándose algunos en terrenos de propiedad de los caseríos Chilipampa Baja, Chilipampa Alta, Quillish 38 y Cince Las Vizcachas. El área del proyecto de exploración está ubicada políticamente en el distrito, provincia y departamento de Cajamarca”.[32]

 

Observaciones:

  1. El IF señala que los taladros proyectados se sitúan “en terrenos de propiedad de los caseríos Chilipampa Baja, Chilipampa Alta, Quillish 38 y Cince Las Vizcachas”. Si se considera que el IF prevé que sólo 1538 has. de las 2772 del programa de exploraciones son parte de las propiedades superficiales de Minera Yanacocha, esto significa que 44.5 % del proyecto va a realizarse en terreno de propiedad de las comunidades. Asimismo, más adelante en la página 10 se señala que “los impactos temporales sobre el uso de la tierra, fuera de la propiedad de MYSRL, ocasionarán indirectamente cierta molestia para los pobladores”.  La no definición de qué entiende el IF por “cierta molestia para los pobladores”  permite prever que habrá conflictos con las comunidades.

 

  1. Es un error del IF no mencionar que en estas comunidades, desde el inicio de las operaciones mineras, ha habido múltiples conflictos minero – campesinos. Obra en la IV Fiscalía Provincial la denuncia de los campesinos ante esa dependencia[33] en la que da cuenta de los múltiples conflictos existentes que terminó en una negociación extrajudicial por la cual la empresa minera debió pagar indemnizaciones por daños y perjuicios. Hay un conflicto subyacente y latente que puede dar origen a nuevos enfrentamientos. El IF no dice una sola palabra de cómo prevén canalizar, administrar o manejar los previsibles conflictos. Cabe recordar las palabras desesperadas de diversos líderes campesinos que en la Mesa de Diálogo de Cajamarca quienes han declarado en múltiples ocasiones que las operaciones mineras en el Cerro Quilish podrían dar lugar a conflictos violentos:

“Minera Yanacocha nunca cumple.  Ensucian los canales de agua, meten sus máquinas donde quieren.  No hay respeto porque somos campesinos.  Nos dijeron que el cerro Quilish no iban a tocar…  Señor representante del gobierno, en nombre de los campesinos, pedimos que ojalá se anule este juicio que sigue Minera Yanacocha (referencia a la apelación de la empresa minera ante el Tribunal de Garantías Constitucionales).  Si no es así,  otra Flor de la Frontera será. ¡Juro que mi sangre será derramada en defensa del Cerro Quilish, en nombre de mis hermanos campesinos, por Dios y por la Virgen María vamos a derramar nuestra sangre para hacernos respetar!  Somos campesinos y esperamos que esta vez Minera Yanacocha cumpla”.[34]

 

 

6.      EN CUANTO AL CARÁCTER DEL AREA DEL PROYECTO:

El IF dice:

“El uso actual del suelo en la zona del proyecto corresponde, en orden de importancia, a pastos naturales (PN), terrenos desnudos (TD), eriazos con vegetación (EV), y una pequeña zona con terrenos cultivados (TC). En cuanto al uso potencial del suelo, las tierras del área del proyecto corresponden a la Clases V-VI-VII y VIII, que corresponden a tierras no arables, marginales para la agricultura y sin uso agropecuario ni forestal”.[35]

 

Observaciones:

 

a)      El IF no presenta una cuantificación del uso de los suelos por categorías, lo que da origen a que se asigne mentalmente significaciones iguales cada uno de los tipos de suelos señalados: pastos naturales (PN), terrenos desnudos (TD), eriazos con vegetación (EV) y terrenos cultivados (TC). Esta es una omisión importante, puesto que apunta a fortalecer la estrategia de “invisibilización de los campesinos” y un desconocimiento de sus actividades de reproducción material, y por tanto de sus condiciones fundamentales de subsistencia.

 

b)       Es contradictorio el IF cuando dice que en “orden de importancia” el uso actual del suelo es: “pastos naturales, terrenos desnudos, eriazos con vegetación” y “una pequeña zona con terrenos cultivados” para luego afirmar el uso marginal para la agricultura “y sin uso agropecuario ni forestal”. Es conocido que los pastos naturales son precisamente para actividades agropecuarias y su uso es intensivo, debido al régimen de propiedad minifundista de la tierra. Para los campesinos de las comunidades de Cince Las Vizcachas, Chilimpampa y Tual los pastos naturales del Quilish son lugar frecuente de pastoreo y abrevadero de su ganado debido a las decenas de puquios de agua cristalina que existen en este cerro. Ver fotografías 1. En la página 4 del informe sí se admite lo que se niega en la página 3 cuando se dice que: “El área del proyecto se caracteriza por contar con tierras de ladera de baja fertilidad y alto potencial de erosión. El uso tradicional de estos suelos es el pastoreo estacional”. Igualmente, el IF admite en la página Nº 10, lo que niega en la página Nº 2, cuando literalmente dice: “El desarrollo de las actividades de perforación en la zona fuera de la propiedad de MYSRL podría generar algunas perturbaciones en el uso de la tierra. Las actividades de habilitación y construcción generarán una reducción del área empleada para el pastoreo y agricultura de 2 hectáreas, aproximadamente”. ¿No se había afirmado en páginas anteriores del IF que las tierras no son de uso agropecuario?

 

c)      La afirmación de tierras“sin uso forestal” es absolutamente inexacta. Es preciso considerar que en el año 1994 la Municipalidad Provincial de Cajamarca, la ONG EDAC y con apoyo técnico de ADEFOR, realizaron precisamente labores de forestación en el lado sur oeste del Cerro Quilish y que actualmente dichos árboles han desarrollado una altura de aproximadamente 1.50 m; por lo demás, en las faldas del Cerro Quilish está la comunidad de Cince Las Vizcachas y de Tual en donde hay pequeños bosques de pino sembrado por los propios campesinos.

 

d)      Por lo demás la afirmación genérica de “terrenos desnudos” está reñida con la verdad, al menos para el caso del Cerro Quilish. El documento de Términos de Referencia que fue el sustento técnico de la Ordenanza Municipal 012-2000-MPC daba cuenta del lugar como…, los campesinos que habitan en la zona precisamente manifiestan su oposición al proyecto del Cerro Quilish debido a que éste les provee de la mayoría de las plantas medicinales de las que hacen uso en su medicina tradicional. El Indice Normalizado de Vegetación Relativa (INDV) y la observación de la fotografías satelital de la zona[36] dan cuenta de que los terrenos del Cerro Quilish no era “desnudos” sino hasta que en los años 1997 a 1999, los trabajos de exploraciones mineras con la respectiva construcción de trochas carrozables dejaron al Cerro Quilish en condiciones de “desnudez”.

 

e)      Las inconsistencias de estos argumentos pueden corroborarse con una lectura de la página 8 del IF, en la cual refiriéndose a los trabajos de revegetación previstos en el plan de cierre y rehabilitación, se sostiene que: “Los trabajos de revegetación se llevarán acabo durante el inicio del período de lluvias. La revegetación con semillas se realizará manualmente. Se deberá aplicar no menos de 70 kg de semilla por hectárea.” Una cuestión básica: tierras “terrenos desnudos, eriazos con vegetación”[37] ¿serán revegetados, debiéndose aplicar no menos de 70 kgrs. de semilla por hectárea? (¡!)

 

f)        En realidad, es el propio IF el que permite encontrar, en sus contradicciones, lo que es la realidad, cuando sostiene que: “La economía de las familias del área de influencia del proyecto corresponde a una economía de subsistencia, basada en las actividades agropecuarias, cuyos productos son destinados básicamente al autoconsumo de la familia productora. Aún se mantienen las tradiciones del trueque y la minga entre las familias productoras que permiten el intercambio de bienes y servicios entre familias. Los niveles de ingreso de la población de los caseríos dentro del área de influencia están en proporción al tamaño de la parcela que cultivan y al tamaño del hato de ganado que poseen. Sus ingresos provienen de la venta de animales y productos derivados como lana, leche y quesos, así como de actividades artesanales”.[38] 

 

El IF dice:

“Por otro lado, la zona se encuentra comprendida en las regiones naturales Quechua y Suni o Jalca. En el área de estudio no se encuentra ninguna unidad de conservación, según el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado”[39]

 

g)      En primer lugar el IF busca confundir la realidad, al vincular el proyecto Yanacocha Sur con el Cerro Quilish; trata a los dos como si fueran de igual significación y similares características. Esto no es verdad, Yanacocha Sur pertenece a la zona Suni o Jalca, pero el Cerro Quilish a la zona Quechua, y es bien conocido que las condiciones habitacionales y productivas en la zona Quechua son bastante diferentes de la zona Suni o Jalca. 

 

h)      En segundo lugar, la afirmación que: “En el área de estudio no se encuentra ninguna unidad de conservación, según el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado”  el IF afirma una media verdad, pues si bien es cierto que el Cerro Quilish no está inscrita como unidad de conservación “el Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado”;  sin embargo, es un área que se halla protegida por la Ordenanza Municipal 012 la cual declara su intangibilidad y la Resolución del Gobierno Regional Nº 007-2003-GRCAJ-CR.

 

i)        Por último, en criterio nuestro, la información de mapas sobre la cual se basa el IF (escala 1: 100.000) no es adecuada para hacer un estudio detallado de los suelos, lo cual requeriría una escala técnicamente más adecuada de 1: 5.000 que permitiría tomar parámetros de series y fases necesarios para precisar y definir eventuales medidas de restauración.

 


 

7. ACERCA DE LA POBLACIÓN EXISTENTE EN EL ÁREA DEL PROYECTO:

 

El IF dice:

“La población que habita en el área de influencia del proyecto es rural. Los caseríos están conformados por casas dispersas, construidas dentro de los límites de propiedad de cada familia. Se ha estimado la existencia de 28 viviendas dentro del área de influencia del proyecto, correspondientes a una cantidad similar de familias. Considerando que cada familia en promedio cuenta con seis miembros, la población estimada del área de influencia es de 170 personas”.[40]

 

Observaciones:

 

a)       En las 272 has. que comprenderían los dos proyectos (Yanacocha Sur y Quilish) no es verdad que sólo existan 28 viviendas, ya que el mismo IF reconoce que: Los centros poblados más próximos son Porcón Alto, Tual y La Ramada. Cada uno de éstos está conformado por varios caseríos. Los caseríos que forman parte del área del proyecto son: Quilish 38 ((La Ramada), Chilipampa Baja y Chilipampa Alta (Porcón Alto) y Cince Las Vizcachas (Tual)”.[41]

 

b)       Según datos oficiales del INEI del IX Censo de Población y IV de Vivienda de Centros Poblados Menores de 1993, sólo el Centro Poblado Menor (CPM) de Cince las Vizcachas poseía en ese año una población de 165 habitantes; Chilimpampa (Alta y Baja) poseía 558 habitantes. Es decir, sólo en tres de las cuatro comunidades que “forman parte del proyecto” existían en 1993 más de 723 habitantes (4.3 más pobladores de los que consigna el IF). Si además se tiene en cuenta que el mismo INEI estimaba que para la zona la tasa promedio de crecimiento poblacional anual  es de 2.75; entonces el IF constituye, en este punto, una falta total a la verdad, que por su importancia pondría en tela de juicio la seriedad, rigurosidad y eticidad de todo el IF.

 

c)       Al respecto el IF sólo parece expresar la actitud poco honesta de los estudios que realiza la empresa Minera Yanacocha que con la finalidad de obtener los permisos correspondientes de la autoridad competente no duda en hacer eco del famoso aforismo maquiaveliano de “el fin justifica los medios” (para obtener el oro: desaparecer o invisibilizar la población) . Ya que en ocasiones anteriores, cuando el Quilish fue escenario de los conflictos de 1994 aludidos anteriormente una carta del Ing. Carlos Santa Cruz, entonces Gerente de Yanacocha, afirmaba: “…debo informarle que todas las compras de tierras que estamos haciendo en Yanacocha han sido producto de un acuerdo previo entre los propietarios y nuestro representante luego de una negociación libre, sin ejercer presiones de ninguna índole. El precio de compra acordado normalmente está varias veces por encima del precio indicado por el arancel elaborado por el Ministerio de Agricultura. Debo también puntualizar que la mayoría de las tierras, sino en su totalidad, corresponden a la clasificación de eriazas (zona de jalca) y donde no hay, en el momento de la compra, actividad productiva alguna”.[42] Negar la presencia de población, es un buen argumento que el IF utiliza para negar que en la zona haya actividades productivas, tal como hemos señalado anteriormente. El IF está lleno de inexactitudes y datos falsos.

 


 

8. ACERCA DE LA GENERACIÓN DE EMPLEO:

El IF sostiene que:

“El área de influencia socioeconómica del proyecto comprende parte de los caseríos de Chilimpampa Alta y Baja, Quilish 38 y Cince Las Vizcachas. De acuerdo con la descripción del proyecto, se prevé que se dará trabajo a 90 personas de mano de obra no especializada, que provendrán de las comunidades del área de influencia, entre febrero del 2004 y diciembre del 2006. Los ingresos económicos significarán un impacto positivo sobre el ambiente socioeconómico de estos pobladores. Sin embargo, los impactos temporales sobre el uso del terreno fuera de la propiedad de MYSRL ocasionarán indirectamente cierta molestia por los pobladores al ver la presencia de trabajadores y maquinaria inusual para ellos”.[43]

 

Observaciones:

a)      Cuando el IF había afirmado que existen 170 personas dentro del área del proyecto (Pág. iv) y en la página 10 afirma que se prevé dar trabajo a 90 personas del lugar, el IF final revela la manipulación intencionada de las cifras para justificar el proyecto y sobrestimar el impacto social del mismo. El falseamiento de la información demográfica ha sido intencional para convencer a la autoridad correspondiente de que ¡el proyecto proporcionaría trabajo a 52.9% de la población! Como hemos demostrado la población del área del proyecto, ya en 1993, era superior a  700 personas, quiere decir que en el mejor de los casos el proyecto proporcionaría trabajo a sólo 12.5% de la población. Nuevamente el IF muestra su precariedad y su carácter más político que técnico.

 

b)      Otra observación importante es que no hay coherencia entre lo afirmado en el IF acerca del impacto positivo del proyecto y las afirmaciones de los altos funcionarios mineros que desde hace un par de años vienen sosteniendo que la explotación del Cerro Quilish traerá trabajo significativo para la población (Ver documento…), ya que en la etapa de exploración se empleará a 205 trabajadores, quiere decir que sólo se ocupará el equivalente a un tercio de la población del área del proyecto de los cuales, sólo el 12.5% serán de la zona. ¿Se justifica que el 100% de la población del área del proyecto sufra las eufemísticamente denominadas “ciertas molestias” en obras que sólo beneficiarían con trabajo mal remunerado a un décimo de la población?

 

c)      Pretender justificar los proyectos mineros por generación de puestos de trabajo es una verdad que no resiste el menor análisis, como sostiene A. Indacochea en una consultoría pagada por la propia minera Yanacocha: “Es conocido que, de todos los sectores de la actividad económica, la más alta productividad per cápita corresponde al sector minero (casi el cuádruple que la industria…) pero a la vez, este sector tiene una capacidad limitada de absorción de empleo por el uso de alta tecnología (solamente ocupa a algo más de 1% de los trabajadores activos de todo el país. Por esta razón, su alta productividad no llega a tener efectos relevantes sobre los ingresos y el nivel de vida de la población”.[44]

 

 

 

10.  SOBRE LA CALIDAD DEL AIRE

El IF dice:

“La calidad de aire en el área del proyecto es buena. El único elemento que podría generar algún impacto previsible es el material particulado que se libera a causa de la erosión eólica del suelo superficial durante la estación seca, así como por el tráfico vehicular en caminos sin pavimentar… La calidad de aire en la zona puede verse afectada durante las estaciones secas y en los periodos de vientos fuertes”.[45]

 

 

Observaciones:

a)      El IF admite que la calidad del aire es buena y que podrá verse afectada en la estación seca. Existen múltiples quejas de los campesinos de las comunidades aledañas a las operaciones mineras que refieren presencia de excesivo polvo sobre sus pastos lo que perjudica la cría de su ganado.

 

b)      Igualmente, hay múltiples testimonios verbales del personal de los puestos de salud de Porcón Bajo, Puruay Alto, Ramada que refieren que en los últimos cuatro años se ha producido un incremento de las enfermedades de la piel (dermatitis) entre los niños y adolescentes del campo, lo cual atribuyen al polvo y el deterioro de la calidad del aire. Aunque faltan estudios por realizar a este respecto, es evidente que en materia de salud pública es preferible prevenir que luego tener que asumir medidas terapéuticas.


 

 

11.  SOBRE CALIDAD DE AGUAS:

El IF final dice:

MYSRL cuenta con una red de puntos de monitoreo de calidad de agua y caudales dentro y fuera de sus propiedades, que son monitoreados de manera continua. Para los efectos de la presente evaluación ambiental se han considerado seis puntos de monitoreo, los cuales brindan información sobre la calidad de agua en la zona del proyecto, antes de las actividades de exploración propuestas”.[46]

 

Observaciones:

 

a)      El IF no proporciona información  completa de la calidad de agua de todas las quebradas existentes dentro del área del proyecto, Un ejemplo de ello es la Q. La Paccha y cinco de sus afluentes. Así como: Estaciones de Monitoreo deberían ubicarse dentro y fuera del área del proyecto y considerar el Plan General de Exploración, y no muestran puntos de monitoreo de las aguas subterráneas.

 

b)     El IF tiene información insuficiente sobre el tema de la calidad de las aguas a pesar de que ello ha constituido un viejo reclamo de las autoridades y de la población. La Auditoría de INGETEC ha señalado que constituye una debilidad la insuficiencia información hidrogeológica del área de influencia. No se conocen las características ni espesores de la zona no saturada en los diferentes frentes de explotación. La hidrogeología regional no se ha estudiado. No se conocen los límites de los sistemas acuíferos, ni la geometría de los sistemas acuíferos, ni las constantes hidráulicas de los acuíferos, ni la recarga y descarga de los mismos”.[47] ¿Cómo así entonces que el IF final sostiene que Yanacocha tiene una red de puntos de monitoreo de calidad de agua y caudales, si ni siquiera “conocen las características ni espesores de la zona no saturada en los diferentes frentes de explotación?”

 

c)      El problema de la afectación de la calidad de aguas por las actividades mineras es algo que Yanacocha no tiene resuelto. Dice una de las observaciones de INGETEC al respecto: “No se ha podido controlar el arrastre de sedimentos y altas turbiedades de los drenajes de la zona de minería, pese a la implementación de un sistema de Mejores Prácticas de Manejo por parte de la MYSRL. La magnitud de las operaciones, su ubicación hidrográfica y la vulnerabilidad del área de influencia requieren que, además de la aplicación de “Mejores Prácticas de Manejo” se asegure que no se disturben significativamente las calidades de agua de las corrientes que se originan en la zona minera”.[48] El IF no garantiza que el manejo que se haga de la remoción de suelos pueda no afectar a las poblaciones aledañas como asimismo las aguas del Río Porcón, y por tanto de la Planta de tratamiento de agua de El Milagro.

 

d)      El impacto de la remoción de suelos, así como el uso de las sustancias químicas que serán utilizadas en el programa de exploración, y la eventual explotación del Cerro Quilish, amenazan con agravar los problemas de contaminación de las aguas del Río Porcón. Una amenaza que no constituye una suposición gratuita, sino que se fundamenta en la constatación realizada por los auditores de INGETEC quienes afirman: “No existe un seguimiento adecuado de la calidad del agua, acorde con la variabilidad de los factores naturales y de las operaciones minera que se desarrollan en la cabecera de la cuenca. Tampoco está cuantificado el efecto de las operaciones mineras sobre la calidad del agua cruda de la Planta El Milagro; de acuerdo con la naturaleza y magnitud de las operaciones, los principales aspectos por analizar son sedimentos, turbiedad, pH y concentración de metales”.[49]

 

e)     Hay razones fundadas para considerar que la existencia de monitoreos de calidad de aguas que realiza la empresa minera son insuficientes y no garantizan una adecuada calidad de las aguas. El autorizado documento de Auditoría de INGETEC ha mostrado que los: “Monitoreos puntuales y esporádicos de calidad del agua, como los contemplados en el acuerdo celebrado en marzo de 2003 entre SEDACAJ y MYSRL, o como los que sirven de base para el estudio contratado por la Mesa de Diálogo de la CAO con la firma norteamericana STRATUS, normalmente no son concluyentes: en efecto, el hecho de que este tipo de muestras puntuales y muy separadas en el tiempo no detecte afectaciones de la mina, no descarta la posibilidad de que hayan existido afectaciones durante momentos críticos eventualmente ocurridos en los periodos entre muestreos. La planta de El Milagro opera satisfactoriamente, en condiciones de aceptable calidad de agua cruda de los ríos Porcón y Grande. En la medida en que se presentan altos valores de turbiedad y sólidos suspendidos, bajo pH y altas concentraciones de Al, la planta presenta dificultades para una correcta operación... La planta de tratamiento de El Milagro no cuenta con facilidades de laboratorio ni procesos de suficiente capacidad, holgura y flexibilidad para manejar en forma confiable eventos de mala calidad del agua cruda de los ríos Porcón y Grande”.[50] Está claro que no existen las garantías y las condiciones necesarias para mitigar los impactos ambientales que tanto el programa de exploraciones como el de una eventual explotación minera en el Cerro Quilish provocará sobre la calidad de las aguas de consumo humano.

 

f)        Por lo demás, la ubicación del proyecto en las cabeceras de cuencas representa una amenaza para la calidad y cantidad de aguas de Cajamarca. Cabe mencionar el impacto que la explotación del Cerro Quilish causaría a ambas microcuencas.Las microcuencas de las quebradas Viscachayoc y Corral Blanco, que pertenecen al Río Grande, cuyas áreas suman 7260 Ha, constituyen el 18.20 % del área total de la microcuenca del río Grande; en el caso de las microcuencas de las quebradas Quilish y Quillis que pertenecen al Río Porcón, hacen una extensión de 7460 Ha, constituyen el 53.08 % del total de la microcuenca del río Porcón. Dichas quebradas como se observa en el Mapa No 01, nacen del Cerro Quilish, su explotación indudablemente afectaría a las 04 quebradas mencionadas y, por lo tanto, a las microcuencas de  los ríos Grande y Porcón, únicas abastecedoras de agua de la planta de agua potable El Milagro. El caudal de las cuatro quebradas es de importancia. Del total del caudal del Río Grande (caudal anual promedio: 1414 lit/seg), la Quebrada Viscachayoc y la Quebrada Corral Blanco aportan el 18.18% y el caudal del Río Porcón (caudal anual promedio: 1453 lit/seg),  la Quebrada Quilish y la Quebrada Quillis aportan el 53.06%.


 

11.  SOBRE EVENTUALES DERRAMES DE SUSTANCIAS EN AREAS DE PERFORACIÓN:

Dice el IF:

“Los contratistas encargados de la perforación serán responsables de la prevención y limpieza de cualquier derrame, y dispondrán del equipo de protección personal necesario contra derrames. MYSRL se compromete a supervisar todas las acciones de control y rehabilitación ambiental necesarias para la recuperación de cualquier zona afectada por cualquier incidente”.[51]

 

 

Observaciones:

 

a)      Existe un antecedente reciente en el derrame de petróleo acontecido el 27 de Enero del 2004. en el Km. 131 de la Carretera Cajamarca – Ciudad de Dios, en carta del Gerente General de Yanacocha, la empresa minera no se responsabiliza por actividades de sus contratistas.

 

b)     El compromiso al que alude el IF no representa ninguna garantía de la responsabilidad de Minera Yanacocha en casos de ocurrencia de derrames, pues la empresa minera al suscribir los contratos con sus contratistas les traslada la responsabilidad a ellos. Lo afirmado en el papel y lo hecho en la realidad, muestra la falta de coherencia de la política ambiental de la empresa minera y justifica la falta de credibilidad y temores de la población.


 

12.  SOBRE EL EVITAMIENTO Y MANEJO DE CONFLICTOS:

El IF sostiene que:

“Para los trabajos exploratorios que se lleven a cabo fuera del área de propiedad superficial de MYSRL, se seguirá una estrategia de negociación para evitar conflictos con los propietarios. La estrategia se basa principalmente en un esquema de consulta pública y negociación permanente para adquirir la autorización o permiso de uso del terreno superficial”. [52]

 

Observaciones:

 

a)      El IF desconoce en este punto que a los pueblos se les ha reconocido su derecho a ser respetados en sus decisiones desde la etapa previa del inicio de los proyectos de inversión. Un importante documento de las Naciones Unidas sostiene que: “La exploración, el desarrollo y la disposición de tales recursos, así como la importación de capital extranjero para efectuarlos, deberán conformarse a las reglas y condiciones que esos pueblos y naciones libremente consideren necesarios o deseables para autorizar, limitar o prohibir dichas actividades”.[53] 

 

b)      El “esquema de consulta pública y negociación”  que ofrece implementar minera Yanacocha es bastante conocido: utilización de sus propios trabajadores y  exclusión de los ciudadanos que tengan una opinión crítica. Recientemente, Minera Yanacocha ha utilizado este “esquema” en la audiencia pública del EIA de ampliación de Carachugo, llenaron el local con sus trabajadores e impidieron la participación de ciudadanos críticos haciendo uso de la fuerza pública. Por esta razón, instituciones como el Colegio de Ingenieros de Cajamarca y el Frente Único de Defensa de la Vida y Medioambiente de Cajamarca han solicitado al MEM la anulación de la mencionada Audiencia.[54]

 

c)      Al respecto, también es conocida la estrategia de la empresa minera de realizar obras sociales con las comunidades a las que busca controlar socialmente. Los testimonios de personas a las que se les dice: “no muerdan la mano del que les da de comer” así como los testimonios de campesinos que refieren cómo la empresa minera divide a sus comunidades con aquellos que acceden a trabajar y por eso tienen temor de denunciar la contaminación de sus canales y aquellos otros que desafiando el temor lo hacen.



[1] En adelante se citará como IF.

[2] IF. Pág. 1

[3] Cfr. Decisión 391 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena. Régimen Común Sobre Acceso a los recursos genéticos. Artic. 13

[4] INGETEC. Informe Preliminar. Capítulo 7. Pág. 7-1

[5] Ibíd. Conclusiones D.2.4. Pág. 365 de la versión del Informe Final en PDF.

[6] Ibíd. Conclusiones D.2.3. sobre colecta de las comunidades hidrobiológicas. Pág. 36 de la versión del Informe Final en PDF.  

[7] Fuente: IF. Pág. 2

[8] IF. Pág. 36

[9] INGETEC, Reporte de Auditoría Nº 1.3.2. Pág. 3 de 4.

[10] Ibíd. Reporte de Auditoría Nº 2.3. Pág. 2 de 2

[11] Ibíd. Reporte de Auditoría Nº 2.8.1. Pág. 6 de 8

[12] Ibíd. Reporte de Auditoría Nº 2.8.2. Pág. 6 de 8

[13] IF. Resumen Ejecutivo. Pág. vi

[14] IF. Pág. 1

[15] IF. Pág.5

[16] Ver Anexo 1

[17] Ver Anexo 2

[18] Ver Anexo 3. Pronunciamiento firmado por el Alcalde Gral.(r) Jorge Hoyos Rubio, por el Ing. Enrique Aranda, Presidente del CTAR Cajamarca y miembros de la Junta Directiva de la Mesa de Diálogo.

[19] Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza. Acuerdo de Gobernabilidad y Descentralización Regional y Local de Cajamarca. Noviembre 2002. Pág. 10. Entre los candidatos que suscribieron el Acuerdo están Felipe Pita Gastelumendi y Emilio Horna Pereira del Partido Aprista Peruano, hoy Presidente Regional y Alcalde Provincial respectivamente.

[20] Ver Anexo 4

[21] Ver fotos del Anexo 5

[22] IF. Pág. 4

[23] INGETEC. Informe Preliminar. Capítulo 7. Pág. 7-1

[24] Ibíd. Conclusiones D.2.4. Pág. 365 de la versión del Informe Final en PDF.

[25] Ibíd. Conclusiones D.2.3. sobre colecta de las comunidades hidrobiológicas. Pág. 36 de la versión del Informe Final en PDF.  

[26] Fuente: IF. Pág. 2

[27] INGETEC S.A. Reporte 2.8.1. Pág. 5 de 8

[28] IF. Págs. 11 y 12

[29] Ver Anexo 6

[30] Ver pág .12 del IF.

[31] IF. Pág. 34

[32] IF. Resumen Ejecutivo. Pág. ii

[33] Fundamentos de hecho, Nro. 10. Copia de la denuncia ante el Ministerio Público, 02.12.1993.

[34] Palabras de un líder campesino en la Mesa de Diálogo de Enero 2002. El funcionario de gobierno al cual se dirigían los campesinos era el  Sr. Jorge Villacorta, entonces Viceministro del Ministerio de la Presidencia que impulsaba la Mesa de Diálogo. Flor de la  Frontera fue el conflicto por tierras que condujo, en el norte del departamento de Cajamarca, a la masacre de los colonos por parte de las comunidades indígenas, acontecido precisamente en la primera quincena de enero del 2002.

[35] IF. Pág. 19

[36] Anexo 7

[37] IF. Resumen Ejecutivo. Pág. iii

[38] IF. Pág. 36

[39] IF. Resumen Ejecutivo. Pág. iii

[40] IF. Pág. 29

[41] IF. Pág. 4

[42] Carta de Minera Yanacocha Nº GO-210/93 del 10/12/93, suscrita por el Ing. Carlos Santa Cruz dirigida al Alcalde de Cajamarca, Ing. Luis Guerrero. Pág. 1. El precio que estaba “varias veces por encima del precio indicado” al que aludía el Ing. Santa Cruz y que ofrecía la empresa minera era de cien nuevos soles por ha., que fue precisamente lo que los campesinos denunciaron.

[43] IF. Pág. 76

[44] INDACOCHEA, A. Cajamarca Competitiva, Lima 1998.  Pág. 220

[45] IF. Pág. 12

[46] IF. Pág. 14

[47] INGETEC, Reporte de Auditoría Nº 1.3.2. Pág. 3 de 4.

[48] Ibíd. Reporte de Auditoría Nº 2.3. Pág. 2 de 2

[49] Ibíd. Reporte de Auditoría Nº 2.8.1. Pág. 6 de 8

[50] Ibíd. Reporte de Auditoría Nº 2.8.2. Pág. 6 de 8

[51] IF. Resumen Ejecutivo. Pág. vi

[52] IF. Pág. 62

[53] Resolución 1803 (XVII) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 14 de Diciembre de 1962, Titulada “Soberanía Permanente Sobre los Recursos Naturales”. Art. 2

[54] Ver Anexo 8